Por Oscar Herreros Usher.
Cuando las luchas de clases arrecian, en el campo popular aparecen personas que por diversas razones ejercen liderazgo. Y, ante la escasez de argumentos en la confrontación ideológica, las clases dominantes intentan desorientar a los insumisos desprestigiando a esos líderes.
Es lo que está ocurriendo ahora. En estos pocos días en que han sido cada vez más numerosas las organizaciones de trabajadores activos y jubilados emitiendo comunicados convocando a la gran movilización del 6 de diciembre en contra del proyecto de “ley de superintendencia” se ha destacado claramente la figura del doctor Pedro Halley. Y como no podía ser de otra manera los ataques contra él se han intensificado.
El día de ayer, 4 de diciembre, en una entrevista por el canal GEN de televisión se dijo, aunque sin nombrarlo, que el Dr. Halley se puso en contra de la ley de superintendencia despechado por no haber ligado algún cargo en el IPS. Lo dijo, en una actitud vergonzosamente abyecta, nada menos que el presidente de la República.
Hoy ha sido el ministro de economía y finanzas, por medio de la red social X (antes Twitter), quien afirmó “Cuando se carece de argumentos técnicos sólidos, se utiliza la mentira para tratar de confundir a la gente”.
No es mi propósito defender al Dr. Halley. El tiene la suficiente altura moral para hacerlo por sí mismo y desbaratar y aplastar estas agresiones rastreras e indignas. Es más importante desmontar la argumentación engañosa de quienes defienden el citado proyecto de ley.
Como el Dr. Halley lo ha manifestado innumerables veces y junto con él los dirigentes sindicales, de jubilados, sociales y políticos nucleados en el Frente Sindical y Social, la posición del campo popular puede resumirse así:
- no se niega la necesidad y conveniencia de controlar la correcta administración de los fondos de las diversas entidades de jubilaciones y pensiones;
- se rechaza el proyecto de ley de superintendencia porque bajo ese pretexto se pretende disponer de esos fondos para financiar la deuda del Estado y capitalizar empresas privadas, por el indudable riesgo que ello representa para su sostenibilidad financiera.
Si lo que el gobierno busca es “que los recursos que son de los trabajadores no sean malversados impunemente por directivos deshonestos, como fueron en el pasado reciente” (minister dixit), no se entiende por qué el gobierno favorece esa impunidad al no empeñar todo el aparato del Estado en perseguir a esos directivos deshonestos, juzgarlos, castigarlos y obligarlos a devolver lo robado.
Dice el ministro en su red social “El proyecto de ley de Superintendencia de Pensiones NO busca eliminar la imposibilidad legal que el IPS preste al Estado o Municipios”. Es técnicamente verdadero, pero eso no significa que el proyecto no pretenda saquear los fondos jubilatorios en beneficio del Estado y las empresas. Analicemos en detalle cuál es el mecanismo.
- el artículo 11 proyecto dice: «Las EJP solo podrán comprar, vender, arrendar, negociar e invertir sus activos en:» y sigue un listado de siete opciones financieras. Esto significa que se restringe el campo en que los administradores pueden actuar a esas siete opciones.
- el artículo 43 deroga en su inciso a) “El segundo párrafo del artículo 27 del Decreto-Ley No 1860/1950”. Esto es inexacto, lo que quizás pretende derogar en realidad es el segundo párrafo de ese artículo 27 modificado por la ley 98/92. Asombra la desprolijidad con que las autoridades nacionales elaboran los proyectos de ley; si así ocurre con algo tan controvertido, con qué sorpresas podría uno encontrarse en otras leyes a las que se les presta escasa atención.
- este es ese famoso artículo 27

Como se puede apreciar, el segundo párrafo prohíbe restricciones a la administración de los recursos del IPS. Por su parte, el artículo 11 del proyecto de ley sí impone restricciones. Para salvar la contradicción se deroga ese segundo párrafo y las inversiones posibles quedan restringidas a las que son de interés de los redactores del proyecto de ley, o sea, aquellas inversiones que permitan:
- financiar la deuda pública, es decir, el IPS compraría bonos o títulos emitidos por el mayor y más moroso deudor de IPS. Si el Estado tiene una deuda histórica, por no decir arqueológica, ¿qué garantías puede tener el IPS de que le serán devueltos sus fondos?
- capitalizar empresas privadas por medio de acciones de sociedades anónimas de capital abierto; es decir, el dinero de los trabajadores serviría para fortalecer a las mismas empresas que los explotan y que por lo general incumplen con sus obligaciones y aportes al seguro social; cabe recordar un reciente fallo judicial que declaró prescriptibles las deudas empresariales con el IPS.
Como el Dr. Halley movió el avispero y puso en evidencia las intenciones del gobierno entonces sus máximos exponentes se han dado a la tarea de intentar desprestigiarlo para debilitar al campo popular. Vano esfuerzo, pues la razón está del lado de los trabajadores y los trabajadores que están y estarán en la calle para defender lo que es suyo.
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